Büsum, Alemania - Varios barcos pesqueros están anclados en el puerto pesquero de Büsum, en la costa alemana del Mar del Norte © vschlichting - stock.
La UE simplifica la notificación de capturas de pequeños pelágicos sin clasificar mediante puertos de desembarque designados
UNIÓN EUROPEA
Friday, May 16, 2025, 04:00 (GMT + 9)
La Comisión Europea presenta una lista de puertos de desembarque donde los operadores pesqueros que manipulan especies pelágicas pequeñas sin clasificar se beneficiarán de un margen de tolerancia en la notificación de capturas, sujeto a sólidas medidas de control en dichos puertos.
Bruselas – La Comisión Europea ha anunciado una importante medida para agilizar los procedimientos de notificación de capturas para el sector de la pesca de pequeños pelágicos sin clasificar. Con la publicación de una lista inicial de puertos de desembarque designados, la Comisión permite a los operadores pesqueros que utilizan estos puertos beneficiarse de una excepción específica al margen de tolerancia, siempre que se demuestre el cumplimiento de estrictas condiciones de control pesquero en dichos lugares.
El margen de tolerancia se refiere a la discrepancia máxima permisible entre la estimación de capturas realizada por el capitán de un buque pesquero y el peso real registrado del pescado desembarcado. Esta nueva excepción permite a los operadores que desembarcan especies pelágicas pequeñas sin clasificar en los puertos enumerados utilizar un enfoque más flexible al registrar sus capturas en sus cuadernos de pesca.
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e espera que esta decisión genere beneficios tangibles para el sector pesquero, en particular una reducción de las cargas administrativas asociadas con la declaración de capturas. La medida responde directamente a las solicitudes de larga data de los operadores pesqueros, un punto clave de acuerdo durante la revisión del Reglamento de Control de la Pesca.
.png) Los puertos incluidos en la lista inicial han demostrado la aplicación de sólidas garantías de control, que incluyen instalaciones portuarias adecuadas y rigurosos procesos de control. Esto garantiza la precisión de la declaración de las capturas desembarcadas y mantiene un sólido control general de la pesca.
Para ser elegibles para su inclusión en la lista, los puertos deben demostrar su cumplimiento de los estrictos criterios de control y seguimiento que sustentan la excepción del margen de tolerancia. Esto incluye demostrar la fiabilidad de los procedimientos de registro y pesaje de las capturas, independientemente de si los puertos están situados dentro de la Unión Europea o en terceros países. La Comisión se reserva la facultad de revisar y ampliar la lista de puertos elegibles a petición de los Estados miembros, siempre que presenten pruebas convincentes de que la precisión del pesaje se garantiza de forma sistemática en dichos puertos. Por otro lado, la Comisión también se reserva el derecho de excluir de la lista a los puertos que no cumplan las normas requeridas.
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Antecedentes:
El artículo 14 del Reglamento (UE) 2024/1474 (Reglamento de Control de la Pesca) constituye la base jurídica de esta excepción del margen de tolerancia. Permite a determinados puertos implementar un enfoque más flexible para la declaración de capturas en los cuadernos diarios de pesca, siempre que existan sólidas garantías de control en dichos puertos.
Esta excepción se aplica específicamente a los desembarques de pequeños pelágicos y túnidos tropicales sin clasificar. Su objetivo es abordar las dificultades inherentes a la declaración de desembarques sin clasificar, una cuestión clave que se destacó durante el proceso de negociación del Reglamento de Control de la Pesca revisado.
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